Cursos · Cómo darte de alta como autónomo paso a paso (2026)
Lección 3 de 5
Alta en Seguridad Social como autónomo en 2026: tarifa plana, tramos y mutua
Tiempo de lectura: 9 minutos
Resumen rápido: Para empezar como autónomo necesitas dos altas: en Hacienda (Modelo 036) y en la Seguridad Social (modelo TA.0521). En esta lección entras al detalle del segundo trámite: cómo activar la tarifa plana de 80 €/mes (unos 88-89 € con el MEI; si no la solicitas, puedes perder desde unos 1.400 € hasta más de 3.000 € en el primer año, según tu tramo), cómo funciona el sistema de 15 tramos por ingresos reales en 2026, y cómo elegir la mutua.
El alta en la Seguridad Social: el TA.0521
El alta en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) se hace con el modelo TA.0521. Es un trámite distinto y paralelo al Modelo 036 de Hacienda, y debe presentarse antes de iniciar la actividad económica.
Cómo se hace
La forma más rápida es online a través de Importass, la sede electrónica de la TGSS. Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Si prefieres hacerlo presencialmente, puedes pedir cita previa en una oficina de la TGSS. La presentación es gratuita.
Las tres decisiones del alta
Durante el alta tomas tres decisiones que condicionan todo lo que pagarás como autónomo:
- Si solicitas o no la tarifa plana (80 €/mes + MEI).
- La base de cotización dentro del tramo que te corresponda según ingresos.
- La mutua colaboradora que cubrirá tus prestaciones.
La tarifa plana de 80 € (la más relevante)
La tarifa plana es la bonificación más importante del sistema. Permite a los nuevos autónomos pagar una cuota reducida durante el primer año (y, con prórroga, hasta el segundo).
Cuota real en 2026
- Cuota base: 80 €/mes.
- MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional): se suma a la cuota reducida y añade unos 8-9 €/mes.
- Total real: unos 88-89 €/mes durante los primeros 12 meses.
Duración
- 12 meses iniciales si cumples los requisitos y la solicitas al darte de alta.
- +12 meses adicionales si el primer año tus rendimientos netos están por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esta prórroga hay que solicitarla expresamente, no es automática.
- Colectivos especiales (personas con discapacidad ≥ 33%, víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo): 80 € durante los 24 primeros meses y, si los rendimientos netos son inferiores al SMI, 160 € del mes 25 al 36.
Requisitos para acceder
- Nuevo autónomo: no haber estado de alta en el RETA en los últimos 2 años (3 años si ya disfrutaste antes la bonificación).
- Sin deudas pendientes con la Seguridad Social.
- No ser familiar colaborador (familiar del titular). Estos tienen otra bonificación distinta.
Autónomos societarios: caso especial
Con la tarifa plana vigente desde 2023, la Seguridad Social reconoce que los autónomos societarios —administradores y socios con control de una SL— sí pueden acceder a la tarifa plana, siempre que cumplan el resto de requisitos. Si estás en este perfil y te la deniegan, conviene reclamar formalmente.
Cómo se activa: la casilla que casi todo el mundo pasa por alto
La tarifa plana se solicita expresamente al darte de alta, marcando la casilla correspondiente en el TA.0521. Si no la marcas, la pierdes para siempre. No se puede solicitar después.
Es probablemente el error más caro del proceso de alta. Pasar por alto esta casilla equivale a pagar desde unos 1.400 € hasta más de 3.000 € adicionales durante el primer año, dependiendo del tramo en el que te encuadres.
Cuota cero: las bonificaciones autonómicas
Según tu comunidad autónoma, puede haber programas o ayudas propias que compensen total o parcialmente la cuota de tarifa plana durante un tiempo. Es la llamada cuota cero. Requisitos, importes y plazos varían según la comunidad y la convocatoria de cada año, así que compruébalo en la web de tu comunidad antes de darte de alta.
El sistema de 15 tramos por ingresos reales
Si la tarifa plana no te toca, o cuando termina, entras en el sistema general de cotización por ingresos reales, vigente desde 2023.
Cómo se calcula tu rendimiento neto
Tu rendimiento neto a efectos de cotización no es lo mismo que tu base imponible del IRPF. Se calcula así:
Rendimiento neto = Ingresos − Gastos deducibles − 7% adicional por gastos genéricos
(Si eres autónomo societario, el 7% baja al 3%.)
El resultado se divide entre 12 para obtener tu rendimiento neto medio mensual, que es lo que te ubica en un tramo concreto.
La tabla de 2026
Los 15 tramos mantienen en 2026 las mismas bases que en 2025 (Orden PJC/297/2026, art. 18). La novedad es la subida del MEI del 0,8% al 0,9%, con un tipo total del 31,50%. Estas son las cuotas mensuales mínimas cotizando por la base mínima de cada tramo (incluido el MEI):
| Tramo | Rendimientos netos mensuales | Base mínima | Cuota mínima 2026 |
|---|---|---|---|
| 1 | Hasta 670 € | 653,59 € | 205,88 € |
| 2 | 670 – 900 € | 718,95 € | 226,47 € |
| 3 | 900 – 1.166,70 € | 849,67 € | 267,65 € |
| 4 | 1.166,70 – 1.300 € | 950,98 € | 299,56 € |
| 5 | 1.300 – 1.500 € | 960,78 € | 302,65 € |
| 6 | 1.500 – 1.700 € | 960,78 € | 302,65 € |
| 7 | 1.700 – 1.850 € | 1.143,79 € | 360,29 € |
| 8 | 1.850 – 2.030 € | 1.209,15 € | 380,88 € |
| 9 | 2.030 – 2.330 € | 1.274,51 € | 401,47 € |
| 10 | 2.330 – 2.760 € | 1.356,21 € | 427,21 € |
| 11 | 2.760 – 3.190 € | 1.437,91 € | 452,94 € |
| 12 | 3.190 – 3.620 € | 1.519,61 € | 478,68 € |
| 13 | 3.620 – 4.050 € | 1.601,31 € | 504,41 € |
| 14 | 4.050 – 6.000 € | 1.732,03 € | 545,59 € |
| 15 | Más de 6.000 € | 1.928,10 € | 607,35 € |
Nota: estas cuotas son las correspondientes a la base mínima de cada tramo. Dentro de cada tramo puedes elegir cotizar por bases más altas, hasta la máxima permitida del tramo (la base máxima del RETA en 2026 es de 5.101,20 €/mes). Cotizar más sube tu cuota pero mejora tus prestaciones (jubilación, IT, paro de autónomos).
Casos especiales: autónomos societarios y colaboradores
- Autónomo societario: base mínima de 1.424,40 €/mes en 2026, independientemente de los rendimientos. Cuota mínima ≈ 448,69 €/mes (en 2026 existe la opción transitoria de mantener la base de 2025).
- Familiar colaborador: misma base mínima de 1.424,40 €, con bonificación del 50% durante 18 meses y del 25% durante los 6 meses siguientes (en lugar de tarifa plana).
Cambio de base: hasta 6 veces al año
Una de las claves del sistema es que puedes ajustar tu cotización a tus ingresos reales durante el ejercicio. Tienes 6 ventanas de cambio al año, una cada 2 meses:
- Solicitud del 1 de noviembre al 31 de diciembre → efectos 1 de enero del año siguiente.
- Solicitud del 1 de enero al último día de febrero → efectos 1 de marzo.
- Solicitud del 1 de marzo al 30 de abril → efectos 1 de mayo.
- Solicitud del 1 de mayo al 30 de junio → efectos 1 de julio.
- Solicitud del 1 de julio al 31 de agosto → efectos 1 de septiembre.
- Solicitud del 1 de septiembre al 31 de octubre → efectos 1 de noviembre.
Por qué es importante usarlo
Si al final del año has cotizado por debajo del tramo que te tocaba, la Seguridad Social lo regulariza al alza cuando Hacienda le comunica tus rendimientos definitivos. Te reclamará la diferencia, que puedes pagar sin recargo hasta el último día del mes siguiente a la notificación; si no pagas en ese plazo, se aplica un recargo del 10% o del 20%. Si has cotizado de más, te devuelven el exceso.
Recomendación: revisa tus rendimientos netos cada trimestre cuando presentes el IVA o el modelo 130. Si te has desviado significativamente de tu previsión inicial, ajusta el tramo en la siguiente ventana.
La mutua colaboradora
La cuarta decisión del alta es la mutua, una entidad privada autorizada por la Seguridad Social que paga tus prestaciones de:
- Incapacidad temporal por contingencias comunes (enfermedad común, accidente no laboral): pagada desde el cuarto día.
- Accidente de trabajo y enfermedad profesional: desde el día siguiente a la baja, con cobertura asistencial completa.
- Cese de actividad (el "paro" de los autónomos).
Las grandes mutuas
En España, las principales son FREMAP, ASEPEYO, Mutua Universal, MC Mutual, Ibermutua y Fraternidad-Muprespa. Las prestaciones que cubren están reguladas por ley, así que en el "qué" cubren son equivalentes. Donde hay diferencias es en:
- Red de centros médicos: importante si vives en zona rural o si te lesionas y necesitas atención presencial rápida.
- Atención al autónomo: tiempos de respuesta para partes de baja, gestión de incidencias, app móvil.
- Servicios añadidos: telemedicina, convenios con clínicas privadas, programas de prevención.
Cómo elegir
Mi criterio práctico: prioriza la proximidad geográfica del centro médico a tu residencia o lugar de trabajo. Las prestaciones son las mismas; lo que marca la diferencia es la facilidad de acceso cuando necesitas cogerla.
Puedes cambiar de mutua una vez al año: la solicitud debe hacerse antes del 1 de octubre y el cambio tiene efectos desde el 1 de enero del año siguiente.
Errores frecuentes en el alta
- No marcar la tarifa plana y pagar desde unos 1.400 € de más el primer año.
- Estimar mal los rendimientos netos al inicio y no actualizar la base. La regularización al cierre puede ser dura.
- Elegir mutua sin centro médico cerca: cuando hay un accidente o IT, los desplazamientos cuentan.
- No comprobar si tu CCAA tiene ayudas tipo cuota cero: según tu comunidad, puede haber un ahorro adicional.
- Hacerlo a destiempo: si te das de alta después de empezar a facturar, además de la posible sanción de Hacienda, puedes poner en riesgo la tarifa plana.
Resumen final
| Decisión | Importe / dato | Plazo |
|---|---|---|
| Alta TA.0521 | Online vía Importass | Antes de iniciar actividad |
| Tarifa plana | Unos 88-89 €/mes (80 € + MEI) | 12 meses + 12 prorrogables |
| Cuota cero CCAA | Según tu comunidad | Si tu comunidad tiene programa |
| Cuota mínima tramos | 205,88 €/mes | Hasta 670 € de rendimientos |
| Cuota mínima del tramo más alto | 607,35 €/mes | Más de 6.000 € de rendimientos |
| Cambio de base | 6 veces al año | Cada 2 meses |
| Cambio de mutua | 1 vez al año | Solicitud antes del 1 de octubre, efectos 1 de enero |
¿Necesitas que te lo hagamos?
En AsesoraYa.es podemos encargarnos de tu alta en Hacienda y Seguridad Social con el Plan Autónomos Basic (desde 19,95 €/mes + IVA). Te ayudamos a solicitar la tarifa plana, a elegir bien el tramo y te asesoramos en la mutua.
▶️ Ver el Plan Autónomos Basic
Última actualización: octubre de 2026. Normativa aplicable: RDL 13/2022 (sistema de cotización por ingresos reales y tarifa plana del art. 38 ter de la Ley 20/2007), Orden PJC/297/2026 (cotización 2026). Información divulgativa, no sustituye al asesoramiento personalizado.